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Alertas Regulatorias

Cambios propuestos a la Sección 106: Lo que los propietarios de proyectos deben saber

El 24 de julio de 2026, ACHP votó 15 a 5, con 2 abstenciones, a favor de una propuesta de revisión de las regulaciones de la Sección 106 en 36 CFR Parte 800. Las reglas aún no han cambiado.

Una persona con chaleco reflectante y tableta se ve junto a un antiguo muro de piedra en un bosque.

Escrito por

Publicado

29 de julio de 2026

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Puntos Clave

  • En julio 24, 2026, el Consejo Asesor sobre Preservación Histórica (ACHP) Se votó 15 a 5, con 2 abstenciones, a favor de una propuesta de revisión de las regulaciones de la Sección 106 en 36 CFR Parte 800. Se aprobó la propuesta de reglamentación; no se finalizaron los cambios.
  • Según el borrador que se presentó para su elaboración, la propuesta restringiría el alcance de la revisión, reduciría la consulta, reforzaría la autoridad de la agencia para la toma de decisiones, pasaría de la evitación a la mitigación y limitaría la participación de las tribus.
  • Todavía no ha cambiado nada. La normativa vigente sigue en vigor y los proyectos en fase de consulta continúan bajo los requisitos actuales.
  • El borrador se remite a continuación a la Oficina de Información y Asuntos Regulatorios (OIRA) para su revisión interinstitucional y, posteriormente, se publica en el Registro Federal para un período de comentarios de 30 días, previsto antes de finales de 2026.

Nuestra Perspectiva

La Sección 106 seguirá vigente. Las agencias federales aún deberán considerar los efectos sobre los bienes históricos antes de aprobar proyectos, y dichos bienes deberán seguir identificándose y evaluándose. Lo que sí podría cambiar es el funcionamiento del proceso: qué se considera un proyecto federal, cómo se ponderan los efectos y el grado de consulta requerido.

Si bien la propuesta de ACHP ha avanzado en el procedimiento, aún se encuentra en fase de borrador y se espera que sea sometida a comentarios públicos y análisis legal. No hay motivos para modificar la estrategia de su proyecto ni el enfoque de consulta en este momento. Si su proyecto se encuentra en fase de consulta, continúe bajo las normas vigentes.


¿En qué situación se encuentra la propuesta de la Sección 106?

La Sección 106 de la Ley Nacional de Preservación Histórica (NHPA, por sus siglas en inglés) de 1966 exige que las agencias federales consideren cómo sus proyectos pueden afectar a las propiedades históricas incluidas o elegibles para el Registro Nacional de Lugares Históricos, que actualmente abarca más de 1.4 millones de sitios. Las regulaciones establecidas en 36 CFR Parte 800 están vigentes desde 2001 con solo modificaciones menores.

¿Qué cambiaría con la propuesta?

Según el borrador que se está revisando, las modificaciones serían las siguientes:

  • Reducir el alcance y la duración de los requisitos de consulta.
  • Reforzar la discreción de las agencias federales en cuanto a los plazos y las decisiones de revisión.
  • Limitar el abanico de lo que se considera una iniciativa federal sujeta a revisión.
  • La revisión debe centrarse en los efectos considerados relevantes, razonablemente previsibles y estrechamente relacionados con el proyecto, limitando la consideración de impactos más indirectos o especulativos.
  • Limitar la forma en que se define y delimita el área de efecto potencial (APE).
  • Eliminar la necesidad de considerar alternativas de evitación y minimización, orientándose hacia la mitigación.
  • Revisar los requisitos federales de presentación de informes.
  • Reducir sustancialmente la participación de las tribus en el proceso de revisión.

La votación y lo que viene después

El 17 de julio de 2026, ACHP distribuyó a sus miembros un borrador de revisión de la Parte 800 del Título 36 del Código de Regulaciones Federales (36 CFR Parte 800) para una votación por correo electrónico que finalizó el 24 de julio. Los miembros votaron 15 a favor, 5 en contra y 2 abstenciones para aprobar el borrador como Aviso de Propuesta de Reglamentación (NPRM, por sus siglas en inglés). La reglamentación final se aprobará tras un análisis de los comentarios públicos y podría diferir del borrador actual.

  • El borrador de la propuesta de norma se envía a la OIRA para su revisión interinstitucional antes de su publicación.
  • Una vez publicado en el Registro Federal, se abre un período de comentarios de 30 días y el texto completo queda disponible.
  • Es posible que la norma definitiva se apruebe tras la revisión de los comentarios. La OIRA no tiene un calendario fijo, pero se prevé su publicación antes de finales de 2026.

Fundamentación de ACHP

ACHP afirma que las revisiones mejorarán la claridad, brindarán certeza regulatoria y armonizarán las normas con las directivas legales y políticas vigentes. El borrador argumenta que el proceso actual ha generado incertidumbres, demoras y cargas regulatorias, y plantea los cambios para agilizar y simplificar la consulta.

Disposiciones transitorias

El borrador también incluye disposiciones transitorias. Las consultas en curso continuarían bajo el marco vigente, y los proponentes podrían optar por utilizar los procedimientos revisados ​​en lugar de pasar automáticamente al nuevo proceso. Los términos específicos se establecerían en la norma final.

Qué significan los cambios propuestos para su proyecto.

La Sección 106 se aplica a cualquier proyecto federal, incluidos aquellos que requieren permisos, financiación o autorizaciones de terrenos federales. Esto abarca una gran parte de los proyectos de infraestructura, energía, transmisión, gas natural, transporte, minería y desarrollo territorial. Cualquier cambio significativo en el funcionamiento de la revisión afecta los plazos del proyecto, los requisitos de documentación, las estrategias de consulta y la exposición a litigios.

Dos cambios podrían tener un impacto significativo en la definición del alcance y la revisión. Si se restringe el Área de Evaluación de Proyectos (APE, por sus siglas en inglés), se reduce el área geográfica dentro de la cual deben identificarse y evaluarse las propiedades históricas. Si se limita el alcance de los proyectos, algunos que actualmente requieren revisión podrían dejar de estar sujetos a la revisión del Artículo 106. Cualquiera de estos cambios podría reducir el alcance del análisis requerido.

La eliminación de la evitación y la minimización como consideración obligatoria es de suma importancia para los proyectos en lugares con recursos culturales significativos. Según el marco actual, cuando una agencia detecta un efecto adverso, la Sección 106 exige la consulta con las partes interesadas, incluidos los funcionarios estatales de preservación histórica (SHPO) y las tribus, para explorar alternativas que permitan evitarlo o minimizarlo. La propuesta modificaría este requisito, orientándolo hacia la mitigación. Cuando la evitación es factible, pero la mitigación no ofrece un resultado equivalente, esto cambia la forma en que se resuelve un efecto adverso.

Es probable que los cambios en la consulta tribal generen la reacción más fuerte. La consulta tribal es una vía fundamental para que las tribus participen en las decisiones federales sobre propiedades de importancia cultural y religiosa tradicional. Se prevé que la reducción genere numerosos comentarios de los gobiernos tribales, los funcionarios de preservación histórica tribal (THPO, por sus siglas en inglés) y organizaciones afines, y que se convierta en un importante objetivo de litigio tras la aprobación de la normativa final.

Para fines de planificación, conviene tener en cuenta tres variables: el alcance de la revisión, la certeza del cronograma y el riesgo de litigio. El alcance de la revisión determinará la amplitud del área de estudio y los tipos de recursos que deben evaluarse. La certeza del cronograma dependerá del grado de discreción que tengan las agencias respecto a los plazos. El riesgo de litigio dependerá de si los esfuerzos por optimizar el proceso resisten un desafío legal. Hasta que se emita una norma definitiva, la normativa vigente se mantiene en vigor.

Cómo puede ayudar SWCA

Hemos seguido de cerca este proceso de reglamentación desde que el ACHP comenzó a debatir modificaciones a la Sección 106 en enero, y hemos avanzado con la reciente votación, que se produjo más rápido de lo que la mayoría de los observadores esperaban. Estamos evaluando las disposiciones preliminares y sus implicaciones para el trabajo actual y futuro.

Pase lo que pase con la Sección 106, los recursos culturales seguirán influyendo en las decisiones sobre proyectos federales. Si tiene un proyecto con un vínculo federal, Contactar con nosotros Para analizar las implicaciones de esta propuesta para su alcance y cronograma, SWCA está siempre disponible para brindar asesoría sobre recursos culturales, tanto federales como no federales, en apoyo a la planificación y el desarrollo de proyectos, abordando los valores de preservación histórica y las relaciones con la comunidad, así como reduciendo los riesgos de los proyectos.

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